Santiago Alba, La cárcel y el aeropuerto: los derechos de los presos

 

santiago-albaSantiago Alba Rico | 2015/01/04 |

Se olvida a menudo que la función del Derecho no es la de impedir el delito; tampoco la de castigarlo. De lo primero se ocupa la policía; de lo segundo los jueces a partir del código penal. La función del Derecho es la de proteger la “condición humana” de todos los ciudadanos, también o sobre todo la “condición humana” de los que cometen o son sospechosos de haber cometido un delito. Por eso la función del Derecho es más bien la de impedir que la policía, cuya misión es impedir los delitos, y el código penal y los jueces, que deben castigarlos, se regulen por prácticas o leyes incompatibles con la incondicional condición humana de todos los ciudadanos El Derecho no vigila a los ciudadanos, ni siquiera a los “malos”; vigila a la policía y a los jueces; es decir, vigila las leyes y, por eso mismo, a los que las hacen o las aplican.